Desde el 18 de mayo será obligatorio para productores y empacadores según la Resolución 21/2025 de la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca.

A partir del 18 de mayo próximo, los productores y empacadores de banana de las provincias de Salta y Jujuy, deberán registrar de forma obligatoria los movimientos de producción-empaque en el Sistema (SIG-DTV-e) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

La medida se enmarca en la Resolución 21/25 de la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación que establece que los galpones que acondicionen banana, deberán estar inscriptos en el Registro de Empaques, Climatización y Almacenamiento del SENASA.

Esta norma es de aplicación obligatoria para todos los establecimientos de la República Argentina la donde se empacan, almacenan, climatizan, acondicionan y/o procesan frutas, hortalizas, aromáticas (especias o condimentos vegetales), semillas comestibles, vegetales para infusión, hongos y algas.

Por cualquier consulta, los usuarios podrán comunicarse al teléfono 388-3129388 internos 3320/3321 de la Oficina del SENASA en San Salvador de Jujuy y/o al 0387-4310698 interno 3420 de la Oficina en Salta.