La denuncia del Ministerio de Justicia a los Jueces Federales, al CEO del Grupo ClarĆn y a otros implicados es por incumplimiento de los deberes de Funcionario PĆŗblico y DĆ”divas.
El Gobierno Nacional informĆ³ este miĆ©rcoles que denunciĆ³ a los Jueces Federales, al CEO del Grupo ClarĆn y a otros implicados en el vuelo a Lago Escondido por incumplimiento de los deberes de Funcionario PĆŗblico y DĆ”divas.
Por instrucciĆ³n del presidente de la NaciĆ³n, Alberto FernĆ”ndez, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, MartĆn Soria, presentĆ³ una denuncia penal en la FiscalĆa Federal de Bariloche para que se investigue los hechos vinculados al vuelo 26917 de la empresa Flyzar y particularmente lo relacionado a su financiamiento, segĆŗn un comunicado emitido oficialmente.
En el escrito presentado por el Ministerio de Justicia de la NaciĆ³n, sin perjuicio de que en el devenir de la investigaciĆ³n resulten implicadas mĆ”s personas, se denuncia por incumplimiento de los deberes de funcionario pĆŗblico y admisiĆ³n de dĆ”divas, en los tĆ©rminos de los artĆculos 248 y 259 del CĆ³digo Penal, a: JuliĆ”n Ercolini, juez del Juzgado Criminal y Correccional Federal NĀŗ 10; Carlos Mahiques, juez de la CĆ”mara Federal de CasaciĆ³n Penal; Pablo Yadarola, juez del Juzgado Nacional en lo Penal EconĆ³mico NĀŗ 2; Pablo Cayssials, juez del Juzgado Nacional de 1Āŗ instancia en lo Contencioso Administrativo Federal NĀŗ 9; Juan Bautista Mahiques, actual Fiscal General de la Ciudad AutĆ³noma de Buenos Aires; y a Marcelo Dāalessandro, actual Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.
En tanto, la denuncia sindica por ofrecimiento de dĆ”divas en los tĆ©rminos del art. 259 del CĆ³digo Penal a: Jorge Rendo, CEO del Grupo ClarĆn; NicolĆ”s Van Ditmar, administrador del inmueble de Lago Escondido perteneciente a Joe Lewis; Leonardo Bergroth, ex director de asuntos jurĆdicos de la entonces SecretarĆa de Inteligencia del Estado (SIDE); y TomĆ”s Reinke, publicista especializado en publicidad digital y polĆtica.
Ā«Los hechos a ser investigados tuvieron lugar durante la semana del 13 de octubre, cuando los denunciados compartieron un vuelo en un aviĆ³n privado, desde San Fernando (Buenos Aires) a Bariloche (RĆo Negro), con financiamiento desconocidoĀ», expresa el comunicado oficial.
Ā«Una vez concluido el vuelo, a la comitiva se habrĆa sumado el CEO del Grupo ClarĆn, Jorge Rendo, y el director de Asuntos Legales e Institucionales del mismo grupo empresario y sobrino de HĆ©ctor Magnetto, Pablo Casey, entre otras personas aĆŗn no identificadasĀ», avanza el texto.
SegĆŗn la informaciĆ³n que tomĆ³ estado pĆŗblico, indican oficialmente, Ā«una vez concluido el vuelo, la comitiva completa se dirigiĆ³ en vehĆculos privados de Joe Lewis hacia la estancia del magnate britĆ”nico ubicada en Lago EscondidoĀ».
Advierte el texto que āen caso de corroborarse que el traslado, alojamiento y/u otras actividades de los funcionarios pĆŗblicos descriptos, entre ellos magistrados de la NaciĆ³n y de la Ciudad de Buenos Aires, no fue solventado por ellos mismos, sino por privados, estarĆamos ante la existencia de una entrega y aceptaciĆ³n de dĆ”divas, dando lugar a la comisiĆ³n de diversos delitos que el Ministerio PĆŗblico Fiscal tiene, ademĆ”s, el deber internacional de investigar y sancionar, en virtud de la ConvenciĆ³n de las Naciones Unidas contra la CorrupciĆ³nā.
Al mismo tiempo, subraya, āla recepciĆ³n de las dĆ”divas no solo constituye una afectaciĆ³n repudiable desde el punto de vista de la independencia judicial y de la Ć©tica republicana exigible a los mencionados funcionarios; sino que es, esencialmente, un incumplimiento de sus deberes como funcionarios pĆŗblicos, constitutivo del delito previsto en el artĆculo 248 del CĆ³digo Penalā.
Entre las mĆŗltiples medidas de prueba solicitadas en la denuncia del Gobierno Nacional, se requiere la entrega de los aparatos de telefonĆa celular de todos los implicados y, de ser necesario, el secuestro de los mismos aparatos.
El cuerpo de la denuncia argumenta que el escrito āresponde al objetivo constitucional de preservar la independencia del Poder Judicialā y, en cuanto a ello, agrega que āse han naturalizado en nuestro sistema de justicia las relaciones indebidas entre actores que, para quienes nos preocupa el resguardo de la independencia judicial, jamĆ”s deberĆan producirseĀ».
Analizan desde el Gobierno Nacional que Ā«es justamente la falta de reacciĆ³n por parte del Ć³rgano disciplinario āen este caso, el Consejo de la Magistratura- ante hechos similares que reiteradamente se han denunciado, lo que habilita a que jueces y juezas se desentiendan de sus deberes de no participar activamente en polĆticaā.
Asimismo, el escrito presentado por el Ministro Soria contiene un pedido de tener al Estado Nacional por parte querellante: āGran parte de los sindicados como autores de los graves delitos ostentan los cargos de magistrados del Poder Judicial de la NaciĆ³n. En ese entendimiento, y sin perjuicio que el artĆculo 4Ā° de la ley nĀ° 17.516 faculta al ‘Estado’ en su conjunto asumir el rol de querellante, es el artĆculo 22 de la ley de ministerios (ley nĀ° 22.520, t.o. 1992 y modificatorias) el que pone en cabeza del ministerio de justicia y derechos humanos, como Ć³rgano del poder ejecutivo, la facultad de actuar en todos aquellos asuntos relacionados con el poder judicial y con el ministerio pĆŗblicoā.