El proyecto propone que el cupo laboral sea de un mínimo del 1% de la totalidad de la planta docente y no docente de la Universidad Nacional de Río Cuarto. La iniciativa ingresó este martes al Consejo Superior. Será analizada por la Comisión de Interpretación y Reglamento. El objetivo es promover la incorporación de personas travestis-trans que reúnan condiciones de idoneidad para los cargos vacantes en diferentes espacios que conformen la UNRC.

El Observatorio de Derechos Humanos y el Área de Actuación en Situación de Violencia de Género y Discriminación de la Universidad Nacional de Río Cuarto presentaron este martes al Consejo Superior el proyecto “Cupo laboral travesti-trans Eliana Alcaraz”, basado en el principio de igualdad y no discriminación con base en la identidad de género auto percibida. La iniciativa será analizada por la Comisión de Interpretación y Reglamento del cuerpo colegiado.

Proponen adherir a la Ley Nacional N°27.636 e implementar en el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto el cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero “con el objetivo de promover la incorporación de personas de dicho colectivo que reúnan condiciones de idoneidad para los cargos vacantes en diferentes espacios que conforman la Universidad”.

Los impulsores puntualizaron: “Entiéndase por personas travestis, transexuales y transgénero a todas aquellas personas con una identidad de género que difieran de la designada sexo-genérica que se realizó sobre ellas al nacer”.

Por su parte, Rosa Cattana, Coordinadora del Observatorio de Derechos Humanos de la UNRC, en una entrevista a UniRío TV expresó: «tenemos muchas expectativas de que este proyecto se apruebe, espero que sí. La mayoría de las universidades nacionales lo tienen establecido. En la ley no es obligación para las universidades, pero sí las invita a adherirse a la ley. Acá en la Municipalidad y en los órganos provinciales está establecido el cupo así que estamos faltando nosotros como universidad». 

El proyecto contempla que el cupo laboral sea de un mínimo del 1%  de la totalidad de la planta docente y no docente de la Universidad Nacional de Río Cuarto, en todas las modalidades de contratación vigentes. Para lo cual proponen que se establezcan reservas de puestos de trabajo para que sean ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales y transgénero; y que se guarden las vacantes que se producirán en los cargos correspondientes a quienes hayan ingresado bajo este régimen para ser ocupadas en su totalidad por travestis, transexuales y transgénero. Además, propone que no se contabilicen las personas que siendo trabajadores realicen su transición.

Además, el proyecto establece que queden comprendidos en la nueva normativa las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no hayan logrado la rectificación registral de sexo y el cambio de nombre de pila e imagen. Esta propuesta se basa en la Ley Nacional N°27.636, conocida como Ley de Promoción del acceso al empleo formal para las personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins”.

Tiempo atrás, en la UNRC se inició el expediente 134.00, a partir de una nota elevada por los entonces consejeros Claudio Demo y Paulo Zambroni, por la que se impulsaba la promoción de empleo formal para personas trans y travestis, y la visualización de la LGTBITIQ+ de la UNRC. Ahora se recuperaron los fundamentos esgrimidos en ese documento y se los actualizó.

La Ley de promoción del acceso al empleo formal para las personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins” (27.636) tiene por objeto “establecer medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en todo el territorio de la República Argentina”.