Lo decidió el Consejo Superior, tras ser analizado por parte de la Comisión de Interpretación y Reglamento. Se pone a disposición de la comunidad el conocimiento científico y académico producido en la Universidad, a partir del acceso inmediato, libre y en línea a los resultados de la investigación y producción académica, con derecho a utilizarlos y reutilizarlos.
El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Río Cuarto aprobó ayer en la sesión ordinaria la puesta en marcha de un repositorio digital, que pondrá a disposición de la comunidad el conocimiento científico y académico producido en institución, a partir del acceso inmediato, libre y en línea a los resultados de la investigación y producción académica, con derecho a utilizarlos y reutilizarlos.
Es un repositorio único, para almacenar, preservar y difundir las producciones académicas y científicas de la UNRC, de acceso abierto, generado en el marco de la Ley 26.899 y su reglamentación establecida por la Resolución 753 E/2016 del Ministerio de Ciencia y Tecnología e Innovación Productiva de la Nación.
Las obras estarán puestas a disposición en formatos accesibles para personas ciegas y con otras discapacidades sensoriales que impidan el acceso convencional.
La Biblioteca Central Juan Filloy será la responsable final de realizar las modificaciones y verificaciones sobre los metadatos y la versión de los textos completos (sin alterar el contenido) de cada obra que se incluya en Repositorio Digital UNRC. Además, se reservará la facultad de realizar modificaciones sobre el tipo de formato para garantizar su accesibilidad, interoperabilidad y preservación.
En esta línea, cabe remarcar que, en agosto último, la Universidad Nacional de Río Cuarto aprobó las Políticas Institucionales de Acceso Abierto, en cuyo marco se instituyó ahora este repositorio digital. Así la UNRC se pone en consonancia con las políticas propuestas en la Ley 26.899, referidas al Sistema Nacional de Repositorios Digitales del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
La ley 26.899 establece que “los organismos e instituciones públicas que componen el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que reciben financiamiento del Estado nacional, deberán desarrollar repositorios digitales institucionales de acceso abierto, propios o compartidos, en los que se depositará la producción científico-tecnológica resultante del trabajo, formación y/o proyectos, financiados total o parcialmente con fondos públicos, de sus investigadores, tecnólogos, docentes, becarios de posdoctorado y estudiantes de maestría y doctorado. Esta producción científico-tecnológica abarca al conjunto de documentos (artículos de revistas, trabajos técnico-científicos, tesis académicas, entre otros), que sean resultado de la realización de actividades de investigación”.
Para ello, sostiene la legislación que los organismos e instituciones públicas “deberán establecer políticas para el acceso público a datos primarios de investigación a través de repositorios digitales institucionales de acceso abierto o portales de sistemas nacionales de grandes instrumentos y bases de datos, así como también políticas institucionales para su gestión y preservación a largo plazo”.
La decisión del cuerpo colegiado tuvo lugar tras el análisis de este tema por parte de la comisión de Interpretación y Reglamento.
La política institucional de acceso abierto es común para toda la Universidad, adecuada a los lineamientos propios, nacionales e internacionales en la materia, para poner a disposición de la sociedad el conocimiento científico y académico producido. El objetivo de esta política institucional es definir las formas de organización, contenidos, depósito, derechos de autor y licencias, estadísticas, acceso y resguardo de los datos personales, preservación digital, metadatos, derechos y responsabilidades de los autores y plan de gestión de datos, para que los autores puedan compartir su producción en el marco de las normativas vigentes y maximizar el impacto social de las mismas.