El oficialismo aspira a emitir un dictamen de mayorĆa en respaldo a la iniciativa, con el fin de poder llevarla al recinto la próxima semana.
La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la CÔmara de Diputados retomarÔ este miércoles el anÔlisis del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta bÔsica a sectores con menores ingresos.
AsĆ lo harĆ” en el marco de una reunión en el segundo piso de Anexo C de la CĆ”mara baja, en la que el oficialismo aspira a emitir un dictamen de mayorĆa en respaldo a la iniciativa, con el fin de poder llevarla al recinto la próxima semana.
El estudio del proyecto del Poder Ejecutivo comenzó el jueves último en la comisión que preside el oficialista Carlos Heller, con la presencia del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto; la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, y el director general de Aduanas, Guillermo Michel, quienes expusieron sobre los lineamientos principales de la iniciativa.
La iniciativa -de nueve artĆculos- aclara que la medida comenzarĆ” a regir desde el 1 de enero de 2024, y tambiĆ©n que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.
En el artĆculo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serĆ”n quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mĆnimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Asimismo, serĆ”n alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pĆŗblica, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario MĆnimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del RĆ©gimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del RĆ©gimen Simplificado para PequeƱos Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.
El proyecto precisa también que «estÔn alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo».
En el artĆculo 4 del proyecto se establece que Ā«el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrĆ” superar el 21% del valor de la Canasta BĆ”sica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mesĀ».
Fuente: TƩlam