La iniciativa presentada en la Comisión de Educación de la CÔmara baja fue elaborada junto a la Federación Universitaria Argentina (FUA) y el Frente Sindical de Universidades Nacionales. La iniciativa mantiene el equilibrio fiscal del Estado.

Un grupo de rectores y rectoras, miembros del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), presentó este miércoles a la Comisión de Educación de la CÔmara de Diputados de la Nación un proyecto de Ley de Financiamiento Universitario, que fue elaborado junto a la Federación Universitaria Argentina (FUA) y el Frente Sindical de Universidades Nacionales.

Explicaron los rectores que el fin de esta presentación es «enriquecer los diferentes proyectos ya existentes hacia una nueva Ley de Financiamiento Universitario».

Detallaron que el armado de este documento inició a partir del trabajo de una comisión ad hoc que se creó con la declaración del último plenario del CIN, que se desarrolló en abril en San Luis. En dicha oportunidad, se planteó «ratificar la voluntad de diÔlogo del sistema universitario y solicitar a las autoridades educativas nacionales un Ômbito que permita abordar responsablemente los problemas planteados y encontrar con celeridad respuesta».

En la víspera, sobre tablas y por unanimidad, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) adhirió al proyecto de los rectores e instó a legisladoras y legisladores cordobeses a darle prioridad en el Congreso. Destacaron en la UNC que con el foco puesto en el sostenimiento del financiamiento de las universidades nacionales, el proyecto plantea el incremento progresivo del presupuesto universitario hasta alcanzar el 1,5% del PBI para 2031.

La iniciativa plantea un piso bÔsico de recursos para el funcionamiento y la recomposición salarial; estableciendo la fuente de financiación, sin crear nuevos impuestos y manteniendo el equilibrio fiscal del Estado nacional.

El presidente del CIN, Oscar Alpa, precisó que el proyecto implica una «reorientación de prioridades del gasto del gobierno nacional», porque «la inversión en educación universitaria no solo es una obligación legal y ética del Estado, sino que, también, constituye una estrategia clave para el desarrollo económico y social del país».

En sus artículos 3° y 4°, el proyecto encomienda al Poder Ejecutivo la convocatoria a paritarias («en una periodicidad que no podrÔ exceder los tres meses calendario») para recomponer los salarios docentes y no docentes de las universidades nacionales, «garantizando la recuperación del poder adquisitivo, tomando como base la variación acumulada de la inflación informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la presente ley».

El artículo 5° dispone que el Poder Ejecutivo garantice anualmente el monto de los gastos de funcionamiento de las casas de altos estudios, para su funcionamiento, el sostenimiento de los hospitales universitarios, el fortalecimiento de la ciencia y la técnica y el robustecimiento de la extensión universitaria.

En cuanto al financiamiento de lo que determinan los artĆ­culos 3°, 4° y 5°, la propuesta del CIN sugiere que el Poder Ejecutivo transfiera mensualmente lo ingresado segĆŗn el inciso a) del artĆ­culo 3 de la Ley N° 23.548 ā€œCoparticipación federal de recursos federalesā€.

Asimismo, se prevĆ© la creación del Fondo para Carreras EstratĆ©gicas, de diez mil millones de pesos, actualizable anualmente por la variación del ƍndice de Precios al Consumidor del Indec, para generar e incrementar carreras con vacancia que se definan fundamentales para el desarrollo del paĆ­s y aquellas Ć”reas de conocimiento para la aplicación y gestión de la inteligencia artificial.

También se encomienda al Gobierno la ampliación anual y progresiva del monto y el número de personas beneficiarias de las becas estudiantiles para las instituciones universitarias públicas.