SegĆŗn cĆ”lculos del Instituto Argentino de AnĆ”lisis Fiscal (IARAF), la recaudación tributaria nacional en el primer bimestre habrĆa disminuido un 7% interanual real. Al excluir los tributos vinculados al comercio exterior, descenderĆa un 17% en tĆ©rminos reales.
La caĆda de la recaudación de febrero en los tributos nacionales, atados al nivel de actividad, prendió las alarmas en el Ministerio de EconomĆa de la Nación y en la Administración Federal de Ingresos PĆŗblicos (AFIP).
Una de las acciones que emprendió el organismo de control para recuperar ese nĆŗmero vital y necesario de ingresos para cumplir con la meta de dĆ©ficit cero, fue intensificar las acciones de fiscalización y control, algo que dada la situación pandĆ©mica y pospandemia, se habĆa hecho mĆ”s laxo durante la gestión anterior; segĆŗn se indicó oficialmente.
SegĆŗn cĆ”lculos del Instituto Argentino de AnĆ”lisis Fiscal (IARAF), la recaudación tributaria nacional en el primer bimestre habrĆa disminuido un 7% interanual real. Al excluir los tributos vinculados al comercio exterior, (con el impuesto PAĆS como tributo estrella) descenderĆa un 17% en tĆ©rminos reales.
Esta semana varias empresas y personas fĆsicas comenzaron a recibir intimaciones para justificar diferencias en liquidaciones impositivas o para que presenten declaraciones juradas. AsĆ lo advirtió SebastiĆ”n DomĆnguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, quien desde su cuenta de X informó que la AFIP estĆ” cruzando crĆ©ditos fiscales computados en las DDJJ de IVA durante 2023 con comprobantes electrónicos emitidos por proveedores y estĆ” enviando requerimientos por diferencias.
El contador ejemplificó la situación con un caso recibido en su estudio y dio cuenta de la complejidad y cargos administrativos adicionales que esto trae.
«Hay casos de contribuyentes que tienen un volumen de ventas cobradas con tarjeta de crédito, débito y compra muy importante que generan comisiones + IVA crédito fiscal que surgen de comprobantes que no son electrónicos y eso genera diferencias relevantes», como lo pueden ser por ejemplo las comisiones de las tarjetas de crédito, los resúmenes de cuenta bancario, etc.
La AFIP estĆ” otorgando diez dĆas hĆ”biles administrativos para acreditar el correcto computo del crĆ©dito fiscal declarado o rectificar, si corresponde las Declaraciones Juradas del IVA y los Libros de IVA Digital.
El problema es que la Ā«acreditaciónĀ» deberĆa ser exhibiendo los comprobantes y el requerimiento indica que se debe contestar mediante presentaciones digitales, lo que llevarĆa a escanear y adjuntar toda esa documentación es una carga administrativa difĆcil de poder absorber, ya que hay empresas que tienen miles de comprobantes de liquidaciones de tarjetas de crĆ©dito, dĆ©bito y compras en un aƱo.
Lo que recomienda DomĆnguez, en tal caso, es contestar el requerimiento detallando todos los comprobantes no electrónicos que generan crĆ©dito fiscal y manifestar que los comprobantes originales estĆ”n a disposición en el domicilio.
Fuente: NA