La iniciativa fue elevada a la Cámara de Diputados tras el atentado contra la vicepresidenta perpetrado el jueves frente a su domicilio.
El diputado nacional del Frente de Todos (FdT), Ramiro Gutiérrez, presentó un proyecto de ley para incorporar al magnicidio y homicidio por odio polÃtico al artÃculo 80 del Código Penal, un delito que contempla la posibilidad de reclusión o prisión perpetua, tras el atentado sufrido ayer por la vicepresidenta Cristina Fernández en las cercanÃas de su departamento en Recoleta.
«Por instrucción de Sergio Massa presenté un proyecto de Ley para incorporar al magnicidio y homicidio por odio polÃtico, al Art. 80 de nuestro Código Penal», publicó el legislador este viernes en Twitter.
El diputado oficialista y miembro del Frente Renovador que lidera el ministro de EconomÃa, consideró que es necesario avanzar con esta iniciativa porque «hay un vacÃo legal intolerable, serÃa importante el acompañamiento de todas las fuerzas polÃticas».
En los fundamentos del proyecto, Gutiérrez recordó que «nuestro ordenamiento jurÃdico preveÃa una pena de prisión perpetua, conforme a lo establecido en el inciso 4, ArtÃculo 80 del Código Penal de la Nación, para aquellos homicidios cometidos por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión, dejando fuera aquel cometido en razón de odio polÃtico, motivo por el cual es menester esta modificación».
«Asimismo, y tal como fuera manifestado con anterioridad, existe en la actualidad un vacÃo legal con respecto al magnicidio, por lo que se incorpora al ArtÃculo 80 del Código Penal de la Nación, el inciso 13. Como mujeres y hombres de democracia es indispensable su urgente incorporación al ordenamiento penal argentino», expresó en el texto.
Las modificaciones propuestas
Concretamente, el diputado por la provincia de Buenos Aires pide que al enunciado principal del artÃculo 80 del Código Penal, que dice que «se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artÃculo 52, al que matare», se agregue una decimotercera definición que contemple «al Presidente o al Vicepresidente de la Nación Argentina, o cuando la vÃctima fuere autoridad judicial, del Ministerio Público o miembro del Poder Legislativo, cuando el delito fuese cometido por su rol, o en ocasión o en el ejercicio de su cargo o función».
En el inciso cuatro en tanto, se enumera la palabra ‘polÃtico’, quedando redactado de la siguiente manera: «Por placer, codicia, odio racial, religioso, polÃtico, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión».
Fuente: Télam