La casa de estudios local en consonancia con definiciones del Ministerio de Educación de la Nación y del Ministerio de Salud de la Nación emitió la Resolución Rectoral 106 en la cual dispone la adopción de una serie de medidas preventivas y operativas en el ámbito de la UNRC ante la situación epidemiológica producida por el coronavirus (COVID 19).
La Resolución Rectoral 106/20 recomienda:
Artículo 1:
- Desarrollar actividades escolares y académicas según calendarios establecidos recomendando suspender o reprogramar las actividades que involucren a docentes y estudiantes que provengan del exterior.
- Reforzar las recomendaciones de prevención de infecciones respiratorias: lavado frecuente de manos con agua y jabón; cubrirse la nariz y la boca con el pliegue-codo o usar un pañuelo descartable al toser o estornudar; usar el cesto de basura más cercano para desechar los pañuelos utilizados; ventilar los ambientes y limpiar frecuentemente las superficies y los objetos que se usan cotidianamente.
- Ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad para respirar) se recomienda no asistir a las dependencias de esta Universidad hasta haber efectuado la consulta médica.
- En caso de estudiantes o personal del establecimiento que regresen de viajes desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus, a la fecha, los países de China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania –y los que indicare el Ministerio de Salud; aunque no presenten síntomas es conveniente que permanezcan en el domicilio por 14 días y en los posible evitar el contacto social.
Artículo 2: A los fines de dar cumplimiento a las recomendaciones antes indicadas se justificarán las inasistencias de estudiantes o personal docente y nodocente de esta Universidad Nacional durante los 14 días consignados en el inciso d del Artículo 1.
Artículo 3: Solicitar a las unidades académicas que en el marco de las competencias que les son propias adopten las resoluciones y disposiciones preventivas establecidas en la presente Resolución, como así también aquellas que conforme lo establezcan las autoridades sanitarias, asegurando el derecho a la educación mediante los dispositivos que estimen pertinentes.
Artículo 4: Los docentes y nodocentes que regresen de viajes del exterior deberán presentar ante la Dirección de Salud de la UNRC la constancia de fecha de regreso al país. Y una vez cumplidos los plazos establecidos en el Artículo 1 inciso d (14 días) deberán presentar certificado de buena salud en la citada Dirección para reincorporarse a las actividades cotidianas.
Artículo 5: Los estudiantes que regresen de viajes del exterior deberán presentar ante la Secretaría Académica de su Facultad constancia de fecha de regreso al país. Una vez cumplidos los plazos establecidos en el artículo 1 inciso d (14 días) deberán presentar certificado de buena salud en la citada Secretaría para reincorporarse a las actividades cotidianas.
Artículo 6: Determinar que la Secretaría Económica de esta Universidad deberá disponer de los recursos económicos necesarios para dar cumplimiento efectivo a las medidas establecidas en la presente Resolución.
Los vistos y considerandos de la Resolución Rectoral 106/20 UNRC establece que teniendo en cuenta la Resolución del Ministerio de Educación de la Nación 2020-82 APN-ME se recomienda la adopción de medidas preventivas en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del país, sean estos de gestión estatal o privada, de educación obligatoria o de educación superior.
Se considera también que el Ministerio de Salud de la Nación en el marco de sus competencias y habiendo evaluado la situación epidemiológica del coronavirus (COVID-19) ha establecido que la actual situación presenta un carácter dinámico por lo cual recomienda medidas de carácter general, particularmente en el ámbito educativo, con finalidad preventiva.
También en los considerando de las Resolución Rectoral 106 de la UNRC se expresa: “Que el artículo 11 inciso u de la Ley 26606 enuncia entre los fines y objetivos de la política educativa nacional, la coordinación de las políticas educativas con las de salud para atender integralmente las necesidades de la población aprovechando al máximo los recursos estatales, sociales y comunitarios”.
“Por todo lo expuesto –expresa la Resolución- la presente y extraordinaria situación epidemiológica plantea la conveniencia de proponer y adoptar medidas excepcionales de carácter preventivo en el ámbito de la UNRC, asegurando a la vez el normal desarrollo de las actividades de acuerdo con los protocolos de salud vigentes”.
Fuente: Dirección de Prensa y Difusión UNRC