El organismo provincial resolvió hoy obligar a las prestatarias del servicio público de Agua a realizar importantes cambios en las facturaciones.
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La primera medida ordena efectuar la facturación en forma independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno o no asociado a la prestación del servicio público de Agua, haciéndose extensiva la presente disposición a Saneamiento (cloacas) cuando el servicio sea prestado por una misma concesionaria.
El modelo de factura que darÔ las certezas señaladas, previo a su implementación, deberÔ ser presentado por las prestatarias ante el ERSeP para su aprobación dentro del término de treinta (30) días de publicarse la resolución en el Boletín Oficial, pudiendo proponerse un sistema de troquelados. No se podrÔ incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por este regulador.
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La segunda medida en relación a la facturación del servicio público de Agua tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido el ERSeP resolvió que las distribuidoras de Agua y/o Saneamiento de la Provincia de Córdoba, no podrÔn percibir tasas o contribuciones, pudiendo facturar solo lo directamente relacionado con el servicio. 
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Por último se dispuso que, siendo el Agua y la Energía servicios esenciales y prioritarios, se deberÔ propender en Agua y Saneamiento a la gratuidad del uso del espacio público a los fines de la prestación del servicio, tal como sucede en la energía eléctrica, ello en virtud a un principio de equidad e igualdad a favor del usuario.