La Legislatura de la provincia de Córdoba sancionó con fuerza de Ley el proyecto denominado «Educación Vial Teórica y PrÔctica en período de escolaridad inicial, primario y secundario» presentado por el Legislador Franco Saillen.

El proyecto de Ley estĆ” compuesto por los siguientes artĆ­culos:

Art. 1°.- En todas las escuelas de la Provincia de Córdoba, tanto de Nivel Inicial, Primario como Secundario, dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia y de las Direcciones Generales de Nivel Inicial y Primaria, de Educación Secundaria, y de Enseñanza Privada, se deberÔ incorporar con carÔcter obligatorio dentro de la currícula anual la temÔtica sobre educación vial.

Art. 2°.- El Ministerio de Educación serÔ la Autoridad de Aplicación de la presente, y tendrÔ como rol fundamental coordinar la inclusión pertinente en los contenidos curriculares necesarios para cada nivel educativo, a los fines de una correcta instrucción de las temÔtica vial de los educandos.

Art. 3°.- La Autoridad de Aplicación crearÔ un Organismo Técnico específico, con el asesoramiento de la Comisión Provincial de TrÔnsito y Seguridad Vial, que desarrollarÔ los objetivos bÔsicos para cada curso. Asimismo, determinarÔ el Área o Asignatura en que se harÔ efectivo el dictado de estos temas, su extensión, intensidad y niveles, como así también la idoneidad y capacitación del personal a cargo de la temÔtica.

Art. 4°.- DEBERÁ incorporarse dentro de las Unidades ProgramÔticas de los planes de estudio vigentes, contenidos que permitan instruir, capacitar y concientizar a los educandos, en relación a las causas, efectos y consecuencias de los siniestros viales, el respeto a la normativa vial, los derechos y responsabilidades de cada ciudadano en el trÔnsito y las prÔcticas preventivas de educación vial para la circulación y el trÔnsito seguro en la vía pública, tomando siempre como eje central de la formación el afianzamiento del respeto a la vida. DeberÔ ademÔs implementarse la participación de padres, a través de talleres dictados desde los establecimientos educacionales.

Art. 5°.- CRƉASE un Programa Escolar de EnseƱanza PrĆ”ctica de Manejo Vehicular, especĆ­fico para alumnos del Ćŗltimo aƱo de educación secundaria, que estarĆ” destinado a la enseƱanza efectiva de los alumnos de manejo de motocicletas y/o automóviles. El mismo serĆ” de carĆ”cter electivo, y para la concurrencia al mismo los educandos deberĆ”n contar con la autorización por escrito de sus padres, tutores o encargados legales.

Art. 6°.- El Programa Escolar de Enseñanza PrÔctica de Manejo Vehicular serÔ financiado con fondos percibidos por multas efectivizadas por la Policía Caminera con motivo de infracciones de trÔnsito. Facúltese al Ministerio de Finanzas a efectuar las adecuaciones presupuestarias para la implementación del referido Programa.

Art. 7°.- La Autoridad de Aplicación podrÔ suscribir con los Municipios y Comunas de la provincia convenios específicos de colaboración para fomentar la asistencia al Programa Escolar de Enseñanza PrÔctica de Manejo Vehicular, los cuales podrÔn incluir la posibilidad de otorgamiento de carnés de conducción al finalizar y aprobar el Programa, siempre respetando la ley de trÔnsito y normativas municipales vigentes.

En tanto que los fundamentos del mismo se basan en laĀ concordancia con el espĆ­ritu de las Leyes Nacionales Nros. 23.348 –de educación vial– y 24.449 –de TrĆ”nsito–, a las cuales nuestra Provincia se encuentra adherida por Ley 9878, y de la Ley 8560 –Ley Provincial de TrĆ”nsito– se plantea la necesidad de incluir una efectiva educación vial para los niƱos y jóvenes cordobeses.

El Legislador Franco Saillen a través de un comunicado destaca que «en nuestra Provincia vivimos diariamente la triste realidad de la inseguridad a causa de siniestros viales. Accidentes que podrían ser evitados con el respeto y la toma de conciencia de los riesgos que subyacen al manejo de todo tipo de vehículos. Sin lugar a dudas, los siniestros viales son uno de los principales flagelos de la sociedad actual, siendo la primera causa de muerte en menores de treinta y cinco años de nuestro país».

También explica que «estamos convencidos de que esta trÔgica costumbre de contar víctimas puede ser revertida, si apuntamos a la educación sostenida desde las escuelas. A través de la inclusión efectiva de contenidos curriculares, podemos general la concientización no sólo de los niños y jóvenes, sino de sus familias».