El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y Peticiones, Poderes y Reglamento volverĆ” a reunirse este martes a las 14 hs para dictaminar.
Los bloques opositores de la CÔmara de Diputados buscarÔn mañana dictaminar la media sanción del Senado del proyecto de ley que restringe la capacidad del Poder Ejecutivo de dictar medidas mediante decretos de necesidad y urgencia (DNU).
El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y Peticiones, Poderes y Reglamento volverÔ a reunirse este martes desde las 14 hs para pasar a la firma de los dictÔmenes, tal cual se fijó en el emplazamiento votado en la última sesión.
De esta manera, el nuevo rĆ©gimen de DNU, que ya tiene media sanción del Senado, estarĆ” listo para ser votado en el recinto de la CĆ”mara de Diputados en la próxima sesión, que serĆa el miĆ©rcoles 8 de octubre.
La aceleración de la oposición respecto de este tema puso en guardia al Gobierno, que asiduamente echa mano a los DNU para ejecutar polĆticas en lugar de enviar proyectos de ley al Congreso, algo que estĆ” explĆcitamente prohibido por el artĆculo 99 de la Constitución (inciso 3).
El instituto especial de DNU fue diseñado en la reforma constitucional de 1994 con la intención de que los gobiernos de turno pudieran dar respuestas excepcionales en circunstancias extraordinarias que no pueden esperar los tiempos institucionales del Congreso.
El problema es que todos los gobiernos, algunos mĆ”s y otros menos, han hecho un uso discrecional y excesivo, usando esta herramienta cuando no existĆan razones de emergencia que lo ameritasen.
En el 2006, a instancias de un proyecto de la entonces senadora Cristina Kirchner, se aprobó la ley 26.122 que blindó los DNU presidenciales y dejó a la oposición de turno prÔcticamente sin capacidad para derogar los decretos.
La ley vigente establece que con la aprobación de una sola cĆ”mara de Congreso el decreto queda en pie y quedan vigentes sus efectos jurĆdicos.
A la inversa, se necesita del rechazo de ambas cÔmaras para poder voltear decretos, algo que se logró en muy contadas ocasiones.
Con la ley propuesta por el Senado bastarĆa con el rechazo de una sola cĆ”mara para anular el decreto.
Pero ademĆ”s todo DNU tiene 90 dĆas desde su publicación en el BoletĆn Oficial para lograr su convalidación en el Congreso, caso contrario pierde su validez y efecto jurĆdico.
A su vez, la iniciativa dispone que Ā«rechazado un DNU o de delegación legislativa el Poder Ejecutivo no podrĆ” dictar otro que verse sobre la misma materia durante ese aƱo parlamentarioā.





