El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y Peticiones, Poderes y Reglamento volverĆ” a reunirse este martes a las 14 hs para dictaminar.

Los bloques opositores de la CÔmara de Diputados buscarÔn mañana dictaminar la media sanción del Senado del proyecto de ley que restringe la capacidad del Poder Ejecutivo de dictar medidas mediante decretos de necesidad y urgencia (DNU).

El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y Peticiones, Poderes y Reglamento volverÔ a reunirse este martes desde las 14 hs para pasar a la firma de los dictÔmenes, tal cual se fijó en el emplazamiento votado en la última sesión.

De esta manera, el nuevo régimen de DNU, que ya tiene media sanción del Senado, estarÔ listo para ser votado en el recinto de la CÔmara de Diputados en la próxima sesión, que sería el miércoles 8 de octubre.

La aceleración de la oposición respecto de este tema puso en guardia al Gobierno, que asiduamente echa mano a los DNU para ejecutar políticas en lugar de enviar proyectos de ley al Congreso, algo que estÔ explícitamente prohibido por el artículo 99 de la Constitución (inciso 3).

El instituto especial de DNU fue diseñado en la reforma constitucional de 1994 con la intención de que los gobiernos de turno pudieran dar respuestas excepcionales en circunstancias extraordinarias que no pueden esperar los tiempos institucionales del Congreso.

El problema es que todos los gobiernos, algunos mƔs y otros menos, han hecho un uso discrecional y excesivo, usando esta herramienta cuando no existƭan razones de emergencia que lo ameritasen.

En el 2006, a instancias de un proyecto de la entonces senadora Cristina Kirchner, se aprobó la ley 26.122 que blindó los DNU presidenciales y dejó a la oposición de turno prÔcticamente sin capacidad para derogar los decretos.

La ley vigente establece que con la aprobación de una sola cÔmara de Congreso el decreto queda en pie y quedan vigentes sus efectos jurídicos.

A la inversa, se necesita del rechazo de ambas cÔmaras para poder voltear decretos, algo que se logró en muy contadas ocasiones.

Con la ley propuesta por el Senado bastarƭa con el rechazo de una sola cƔmara para anular el decreto.

Pero ademÔs todo DNU tiene 90 días desde su publicación en el Boletín Oficial para lograr su convalidación en el Congreso, caso contrario pierde su validez y efecto jurídico.

A su vez, la iniciativa dispone que Ā«rechazado un DNU o de delegación legislativa el Poder Ejecutivo no podrĆ” dictar otro que verse sobre la misma materia durante ese aƱo parlamentarioā€.