Por Laura Olocco. Comunicadora Social.
El 14 de septiembre de 1926 se sancionó en nuestro país la Ley 11.357 sobre los derechos civiles de la mujer, la cual reformó el Código Civil y reconoció a todas las mujeres mayores de edad, cualquiera sea su estado, el ejercicio de sus derechos y funciones civiles. Fue promulgada el 22 de septiembre del mismo año.
Esta norma amplió la capacidad de las mujeres en relación a la patria potestad, administración y disposición de los bienes propios y el régimen de bienes gananciales en el matrimonio.
La ley que otorgó los primeros derechos civiles a las argentinas cumplió 96 años y, aunque las mujeres lograron en casi un siglo superar la inferioridad jurídica asignada por históricos mandatos patriarcales, todavía persisten asimetrías a la hora de validar esos derechos en los conflictos de la vida diaria, con ejemplos de desigualdad extrema en el caso de minorías étnicas y de mujeres pobres.
Casi un siglo después de esa primera norma, perduran diversas barreras en el acceso a los derechos civiles: la falta de cumplimiento de leyes como la de Cupo Laboral, y de Paridad o el engorroso proceso para que se cumpla la ley Brisa con niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia familiar o de género.
Otra de las variables, la formalización de las tareas del cuidado, es uno de los puntos pendientes. Un mapeo presentado en junio último por la ministra de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual bonaerense, Estela Díaz, reveló que «casi siete de cada 10 mujeres separadas con hijos no reciben la cuota alimentaria o sólo la perciben eventualmente». Este estudio dejó ver que el incumplimiento de la obligación alimentaria «es significativo, independientemente de la condición laboral de los progenitores» y «es transversal a los distintos sectores sociales».
Y si bien la Argentina está a la vanguardia en materia legislativa, orientada a las mujeres y disidencias, existe todavía una «deuda» en el reconocimiento social de esas leyes de igualación de derechos en los conflictos de la vida diaria, lo que Diana Maffia expresa como barreras culturales, epistémicas, políticas, subjetivas y jurídicas que constituyen obstáculos en el ejercicio de derechos de las mujeres.
Por otra parte, es necesario destacar la imposibilidad de denunciar abusos y violaciones de las que son víctimas recurrentes las mujeres de comunidades indígenas, que incluso deben soportar el ninguneo de parte de instituciones estatales. Un ejemplo de ello es el testimonio de mujeres del Pueblo Wichí que denunciaron abusos sexuales y violaciones de “criollos”, en cacerías humanas. De los relatos, se pone de manifiesto lo que se denomina “chineo”, práctica aberrante efectuada por grupos de varones que se dirigen al monte y literalmente cazan a jóvenes y niñas, a las que corren, persiguen, derriban y violan.
En el muestrario de variables puede contarse también un informe dado a conocer en el 2020 por la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, que mostró que sólo ocho de cada 100 pymes argentinas tienen a una mujer como propietaria mayoritaria y eso se aplica en un porcentaje de tres sobre 100 en el caso de las grandes empresas.
Tras este análisis, la síntesis es la urgencia de transformar los derechos humanos en derechos sociales y derechos de género, en un camino hacia la construcción de sociedades más igualitarias.