El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó la Resolución 245/2021, que regula la comercialización de sustancias activas y productos formulados en todo el territorio nacional mediante envases retornables y a granel. La medida quedó formalizada a través de la Resolución 614/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La principal novedad es la incorporación de la Clase II de peligro agudo —identificada con banda toxicológica amarilla en las etiquetas— al protocolo vigente. Con esta modificación, se suman más de 1.450 productos, varios de ellos con alto volumen de comercialización en el país, lo que podría reducir de manera significativa la cantidad de envases que circulan en el mercado y que deben ser gestionados por los sistemas de recolección de envases vacíos.
Impacto en costos y logística
La disminución en el uso de envases genera un beneficio doble: por un lado, reduce costos y simplifica la logística comercial para elaboradores y productores agropecuarios; por otro, disminuye el volumen de residuos que se debería tratar en caso de no implementarse este cambio normativo.
Además, la actualización elimina la exigencia de presentar ante el Senasa el Certificado de Homologación del Prototipo de Envase, un requisito que en realidad corresponde a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Dado que el organismo sanitario no tiene competencia en esa materia ni facultades para su control, la condición fue suprimida en el marco de los procesos de simplificación administrativa y reducción de costos.
Con esta medida, el Senasa busca optimizar la gestión de envases fitosanitarios, al mismo tiempo que promueve prácticas más eficientes y sostenibles dentro de la cadena agroindustrial.
Fuente TodoAgro